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¿Qué son los Consejos Comunitarios de Educación (CEC)?

Hay 32 Consejos de Educación Comunitaria (CEC) en la ciudad de Nueva York. Cada  CCA  supervisa un distrito escolar comunitario que incluye escuelas primarias, intermedias y secundarias públicas. Cada  CEC tiene 11 miembros con derecho a voto, incluidos nueve padres de estudiantes de escuelas primarias, intermedias y secundarias públicas del distrito. Hay dos miembros con derecho a voto adicionales que son designados por los presidentes de los condados y deben ser residentes o propietarios u operar un negocio en el distrito. El superintendente de la comunidad nombrará a un estudiante de último año de escuela secundaria sin derecho a voto que resida en el distrito y que sea un líder estudiantil electo. A partir de la primavera de 2005, las selecciones de padres y los nombramientos de presidentes municipales se llevarán a cabo cada dos años.

¿Qué son los Consejos de Educación de la Ciudad (CEC)?

Consejos de Educación de la Ciudad Los Consejos de Educación de la Ciudad son una oportunidad para que los padres aboguen por poblaciones estudiantiles específicas. Al igual que los CEC, estos consejos tienen 11 miembros con derecho a voto cada uno (9 padres electos y 2 designados), excepto el Consejo de escuelas secundarias de la ciudad que tiene 13 miembros (10 padres electos y 3 designados).

Quién puede servir en el Concejo Municipal para el Distrito 75 (CCD75)

Si tiene un hijo que actualmente está inscrito en una escuela o programa del Distrito 75

Responsabilidades de los miembros

Los Consejos de Educación de la Ciudad y de la Comunidad de la Ciudad de Nueva York están a cargo de promover el rendimiento de los estudiantes, asesorar y comentar sobre políticas educativas y proporcionar información al Canciller y al Panel de Política Educativa sobre asuntos de interés para el distrito. Los poderes y deberes de los CEC se detallan en la Ley de Educación del Estado de Nueva York §2590-e; las de los Consejos de toda la ciudad se pueden encontrar en §2590-b. 

Las responsabilidades de los miembros de la CCA incluyen:

  • Aprobar las líneas de zonificación, según lo presentado por el superintendente;

  • Revisar los programas educativos del distrito y evaluar su efecto en el rendimiento estudiantil;

  • Presentar una evaluación anual del superintendente al Canciller y consultar sobre la selección del superintendente comunitario;

  • Servir como enlace con los Equipos de Liderazgo Escolar y brindar asistencia;

  • Celebrar audiencias públicas sobre los planes de capacidad anual del distrito y presentar al canciller un plan aprobado por CEC basado en datos de inscripción/utilización para cada escuela en el distrito;

  • Celebrar audiencias públicas conjuntas con el canciller (o su designado) para cualquier propuesta de cierre de escuela o cambio significativo en la utilización de la escuela; y

  • Preparar una boleta de calificaciones del distrito y asegurar su distribución pública

Las responsabilidades de los miembros del consejo de la ciudad incluyen:

  • Emitir un informe anual sobre la eficacia con la que se atiende a las poblaciones que representan, y

  • Realización de recomendaciones de mejora.

Los miembros de CEC deben asistir a un mínimo de dos capacitaciones durante su mandato y presentar un informe de desempeño mensual que incluya registros de asistencia a reuniones, visitas a escuelas y actividades del comité. 

Todos los miembros del Consejo de Educación deben asistir a cada reunión de su consejo. Tres o más ausencias injustificadas (como se define en CR D-140) son motivo de despido.

 

 

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